| Garantizar los depósitos del público existentes en los bancos, entidades de ahorro y préstamo, y demás instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y ejercer la función de liquidador de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, demás instituciones financieras y sus empresas relacionadas no financieras.
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